Aclaración: qué queremos decir y hacer cuando hablamos de «bienestar animal»
La expresión «bienestar animal» puede significar muchas cosas para diferentes personas. En PB Leiner somos partidarios de la claridad, así que nos gustaría compartir con usted lo que significa «bienestar animal» para nosotros y lo que puede esperar cuando trabaje con nosotros.
Qué apoyamos
Los animales deben ser tratados con respeto. Por eso, junto con la federación de nuestro sector, GME (Fabricantes de Gelatina de Europa), nos comprometemos a apoyar todas las medidas razonables destinadas a mejorar el bienestar de los animales, basadas en las «Cinco Libertades» definidas por la OIE (Organización Mundial de Sanidad Animal). Estas libertades se explican por sí mismas: ausencia de hambre y sed, ausencia de molestias, ausencia de dolor, lesiones y enfermedades, posibilidad de expresar un comportamiento normal, ausencia de miedo y ansiedad.
Qué hacemos
En PB Leiner no tenemos animales vivos a nuestro cargo, pero hemos puesto en marcha una serie de acciones para garantizar que nuestros socios trabajen para defender el bienestar animal.
- Cuando se establece una nueva colaboración, velamos por que nuestros socios respeten toda la legislación aplicable (al final de esta declaración encontrará una lista no exhaustiva de la legislación en vigor clasificada por región). Y al firmar nuestro Código de Conducta y/o acuerdos con proveedores, éstos se comprometen a tratar a los animales de forma humanitaria, lo que incluye minimizar el dolor y el estrés.
- Nuestros socios actuales son objeto de un seguimiento regular. Esto incluye no solo cuestionarios, sino también, y de forma importante, inspecciones visuales y auditorías
Cuando descubrimos que un proveedor no respeta los principios del bienestar animal, trabajamos con él para mejorar, pero eventualmente, si es necesario, ponemos fin a nuestra colaboración.
Además, como miembro de grupos de trabajo y federaciones sectoriales globales y locales, como GROW y GME, presionamos activamente para mejorar las condiciones globales de los animales en todo el mundo.
¿Tiene alguna otra pregunta?
Estamos aquí para ayudarle, con nuestros conocimientos y experiencia a su disposición.
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Una enumeración meramente enunciativa de la legislación aplicable y en vigor, por región:
Europa: Legislación nacional europea e intraeuropea sobre el bienestar de los animales y la legislación para la verificación del cumplimiento a lo largo de la cadena de suministro
- Directiva 98/58/CE del Consejo relativa a la protección de los animales en las explotaciones ganaderas
- Directiva 2008/119/CE del Consejo relativa a las normas mínimas para la protección de terneros
- Directiva 2008/120/CE del Consejo relativa a las normas mínimas para la protección de cerdos
- Reglamento del Consejo (CE) Nº 1/2005 relativo a la protección de los animales durante el transporte y las operaciones conexas
- Reglamento del Consejo (CE) Nº 1099/2009 relativo a la protección de los animales en el momento de la matanza
EE.UU.:
El Instituto de Fabricantes de Gelatina de EE.UU. (GMIA) garantiza el cumplimiento de las normas y directrices federales pertinentes establecidas por el Departamento de Agricultura (USDA) de EE.UU., el Servicio de Inspección Sanitaria de Animales y Plantas (APHIS), y la Agencia Canadiense de Inspección de los Alimentos (CFIA) que se refieren al bienestar, la manipulación y el transporte de los animales, así como a las prácticas de sacrificio no crueles.
Brasil:
• Instrucción Normativa Nº 03 / 2000 que aprueba el Reglamento Técnico de los métodos de aturdimiento para el sacrificio humanitario de animales de abasto
• Instrucción Normativa Nº 56 / 2008 que establece los procedimientos generales de las Recomendaciones de buenas prácticas de bienestar para los animales de producción e interés económico (REBEM), abarcando los sistemas de producción y transporte.
• Decreto Nº 9.013/2017 que aprueba el nuevo Reglamento de inspección industrial y sanitaria de productos de origen animal
Argentina:
Decreto 4238/1968, Capítulo 32 bienestar de los animales
Paraguay:
Ley nº 4840
Uruguay:
Ley nº 18471
China:
La Ley de Ganadería de la República Popular de China (modificada en 2015).
India:
El artículo 48 de la Constitución India y el artículo 11 de la Ley de Prevención de la Crueldad contra los Animales de 1960.